Comunicado – 28 de enero de 2019
NUESTRA PREOCUPACIÓN
Desde nuestros espacios de lucha territorial mostramos seria preocupación por la ofensiva que el estado provincial está llevando adelante, a través de la espuria e inconstitucional Resolución 246/18 del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires.
¿QUÉ DICE LA RESOLUCIÓN?
Que a partir del 1 de enero de 2019 los lotes contiguos al área urbana, zona residencial extraurbana, área de población dispersa, márgenes de cursos o cuerpos de agua, zonas de bombeo, establecimientos educativos, áreas de esparcimiento y reservas naturales comprenderán la zona de amortiguamiento. Y respecto de la misma se podrán realizar aplicaciones terrestres con agrotóxicos.
Sólo en el caso de viviendas familiares que se encuentren en un área urbana o zona residencial extraurbana deberá preverse la presencia del profesional interviniente que determine las previsiones a tener en cuenta al inicio y durante la aplicación.
Con respecto a las escuelas rurales, establece que las aplicaciones con agrotóxicos (tanto áreas como terrestres) deberán realizarse fuera del horario escolar.
En la exposición de motivos de la resolución se señala que las distancias de protección no son esenciales para definir las dimensiones particulares del uso de agrotóxicos sino la aplicación de las buenas prácticas agrícolas.